DIGEMID, mediante la R.D. No. 033-2017-DIGEMID-DG-MINSA, publicado a principios de este año, emitió una lista de dispositivos médicos que pueden comercializarse directamente a los usuarios finales. Este documento no lista todos los dispositivos médicos, pero establece un criterio basado en la clasificación de riesgo de los dispositivos médicos.
Dispositivos médicos de clase I, II, III y IV
Los laboratorios y droguerías (establecimientos farmacéuticos) pueden vender directamente todo tipo de dispositivos médicos a instituciones de salud, profesionales de la salud y pacientes.
Equipos Biomédicos
Los equipos biomédicos solo se pueden vender a profesionales de la salud e instituciones de atención médica como hospitales y clínicas.
Equipos biomédicos con tecnología controlada
Los equipos biomédicos de clase III (alto riesgo) solo pueden venderse a profesionales de la salud e instituciones sanitarias.
Dispositivos médicos de diagnóstico in vitro
Las pruebas rápidas, pruebas moleculares, los reactivos de diagnóstico in vitro y los equipos de laboratorio solo pueden venderse a instituciones sanitarias.
Distribuidores y minoristas
El vendedor debe mantener constancia de los pagos (facturas o tickets). Además, para los profesionales de la salud, se debe guardar una copia del carnet profesional o el número de registro; y para los pacientes, copia de la receta médica.
Contáctenos al 997556699 o en info@pharmaconsulting.pe para conocer más acerca del registro sanitario de dispositivos médicos.
Fuente: DIGEMID