El decreto de emergencia No. 0-26-2020 estableció diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) en el Perú. Nuestro regulador nacional, DIGEMID, ha establecido la priorización de varios procedimientos administrativos: • Autorizaciones excepcionales para el tratamiento individual de pacientes, que otorga al portador autorización para importar medicamentos, productos biológicos
La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, ha establecido el registro obligatorio de respiradores para uso médico a partir del 1 de enero de 2021. Este mandato afecta a instituciones y establecimientos farmacéuticos que importan, almacenan, fabrican o comercializan respiradores N95, KN95, FFP2 o FFP3 para uso médico y similares, ya que se
La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), a través de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (DDMP), aprobó la importación de concentradores de oxígeno por parte de personas naturales y pacientes en tratamiento por el nuevo coronavirus (COVID-19), mediante una autorización excepcional exprés. Si desea importar concentradores de oxígeno con fines comerciales