Aspectos regulatorios de productos dietéticos y edulcorantes
La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), durante la primera «Reunión técnica virtual sobre el trámite para el registro sanitario de productos dietéticos y edulcorantes» se estableció algunos criterios a tener en cuenta por los administrados interesados en registrar estos productos. Entre ellos:
Requisitos para el registro sanitario de suplementos dietéticos (nutricionales)
• El registro sanitario se otorga por nombre, forma farmacéutica, cantidad de ingrediente activo, fabricante y país de origen
• Especificaciones técnicas del producto. Las especificaciones técnicas del producto que debe incluir los ensayos realizados al producto terminado
• Certificado de Libre Venta (CLV) emitido por la autoridad competente en el país de origen
• Fórmula del producto indicando sus ingredientes básicos y secundarios
• Estudios de estabilidad
• Proyecto de rotulado y etiqueta del envase
• Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM)
A partir de la fecha, no se permitirá la inscripción o reinscripción de suplementos dietéticos o nutricionales en la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA).
La autorización se solicita de manera virtual en el Ministerio de Salud.
Fuente: DIGEMID
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